

CLASES DE DIVORCIO EN COLOMBIA
DIVORCIO CONTENCIOSO (JUDICIAL):
Procede cuando no hay acuerdo entre los cónyuges.
Características:
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Se tramita ante un juez de familia.
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Se requiere abogado.
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Se puede solicitar con base en alguna de las causales del artículo 154 del Código Civil, por ejemplo:
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Infidelidad.
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Maltrato físico o psicológico.
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Abandono injustificado.
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Conducta inmoral o vicios como el alcoholismo o drogas.
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Separación de hecho por más de 2 años, etc.
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Puede incluir la liquidación de la sociedad conyugal en el mismo proceso.
Duración:
Suele tardar varios meses o más, dependiendo del caso y de la carga del juzgado.
DIVORCIO UNILATERAL:
También conocido como divorcio sin consentimiento del otro cónyuge.
Características:
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Solo uno de los cónyuges desea el divorcio.
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Debe acudirse al juez de familia.
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Se presenta la demanda de divorcio basada en una causal legal.
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El otro cónyuge tiene derecho a contestar la demanda y aportar pruebas.
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El juez decide si concede o no el divorcio, según las pruebas de la causal alegada.
Ejemplo:
Si uno de los cónyuges abandonó el hogar hace más de dos años, el otro puede solicitar el divorcio alegando esa causal.
DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO O EL DENOMINADO EXPRESS:
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Ambas partes están de acuerdo en terminar el matrimonio.
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Se realiza ante notario, no ante un juez.
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Debe contar con la asistencia de abogado (uno solo puede representar a ambos).
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Es el trámite más rápido y menos costoso (puede tardar entre 1 y 3 semanas).
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Puede incluir acuerdos sobre:
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Custodia y visitas de hijos menores.
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Cuota alimentaria.
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Repartición de bienes.
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Liquidación de la sociedad conyugal.
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Requisitos:
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Mutuo consentimiento.
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No debe haber conflicto sobre bienes o hijos menores.
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Presentar:
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Registro civil de matrimonio.
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Registro civil de nacimiento de los cónyuges y de los hijos.
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Acuerdo firmado.
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Poder al abogado.
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DERECHO DE FAMILIA
DECLARACION DE LA UNION MARITAL DE HECHO (UNM) Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO (SPH).
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Cualquiera de los compañeros permanentes puede iniciar el proceso para disolver y liquidar la UMH y la SPH, bien sea por Notaria (cuando hay mutuo acuerdo), o bien sea de manera judicial (contencioso o cuando hay un fallecimiento).
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Debe contar con la asistencia de abogado
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En la demanda se deberá incluir de manera exacta el tiempo que duró o ha durado la convivencia, cuando surgió la SPH, si se tienen hijos menores de edad, los bienes propios y los bienes objeto de gananciales, divididos en activos y pasivos.
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Puede incluir acuerdos sobre:
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Custodia y visitas de hijos menores.
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Cuota alimentaria.
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Documentos a presentar:
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Mutuo consentimiento (cuando hubiere lugar en Notarias o Centros de Conciliación, o en sitios debidamente acreditados por el Ministerio de Justicia).
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Presentacion de los siguientes documentos:
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Declaracion juramentada o extrajuicio por parte del compañero permanente demandante que indique el termino de la convivencia.
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Registro civil de nacimiento de ambos compañeros permanentes.
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Registro civil de nacimiento de los hijos (cuando hubieren).
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Pruebas que acrediten la convivencia entre ambos compañeros permanentes
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Poder al abogado.
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Entre otros dependiendo cada tipo caso y de pleito entre las partes.
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Una vez quede en firme la sentencia que declare la UMH se procede a iniciar la Liquidación de la SPH a lo cual se deben incorporar los siguientes documentos:
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Una relación de bienes y de activos que se adquirieron durante la UMH.
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Posteriormente, el inventario de avalúos y de activos debidamente relacionados con sus valores.
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Presentación de inventarios y avalúos adicionales cuando hubiere lugar a ello.
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El trabajo de partición
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El trabajo de partición adicional (cuando a ello hubiere lugar)
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Aprobación del trabajo de partición.
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Adjudicación de Hijuelas.
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